Santo Domingo.- La DGII remitió un documento en el cual explica alcances y mecanismos de esta nueva tributación. Precisa que los consumidores no recibirán el cobro del ITEBIS reflejado en sus facturas por concepto de publicidad en línea, intermediación en línea (comisión), transmisión de datos, streaming, entre otros.
De igual forma, accederán a reportes de esa contribución ni las firmas digitales extranjeras serán agentes de retención, a menos que tengan una dirección en la República Dominicana.
El documento explica que las empresas pagarán a la DGII «de manera virtual, presentando el ITEBIS mediante una declaración especial que deberá ser liquidada antes de los días 20 de cada mes».