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SISALRIL reitera facturación anticipada en emergencias está prohibido

Santo Domingo. – El Superintendente de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL), Jesús Feris Iglesias, aclaró que el cobro o deposito anticipado en emergencias de República Dominicana está prohibido por ley, al tiempo que aseguro que la realización del cobro indebido ante una situación de apuro conllevará a una sanción.

El ejecutivo hizo saber que la SISALRIL ha emitido tres resoluciones concernientes a las sanciones que se le imponen a las clínicas que realizan el cobro anticipado a los usuarios en emergencias, destacando que muchas de las clínicas del país violan esta disposición.

El superintendente precisó que la SISALRIL tiene la faculta de multar a las ARS que no acaten las decisiones que tomen con relación a este tema, más confesó que la entidad no tiene jurisdicción con el prestador de servicio o la clínica.

Feris Iglesias detalló que la entidad ha multado en lo que va de año a un numero de ocho ARS por diversas violaciones a afiliados que llegan con una situación de urgencia, y toman acciones de referirlos a otro centro o no brindar el servicio.

En una entrevista realizada en el programa “Matinal” Feris exhorto a los afiliados que sean sometidos a este tipo de acciones a comunicarse con su ARS y colocar la debida denuncia ante la SISARIL.

 

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